Según destaca esta sociedad en un comunicado, no es necesario realizar ningún cambio en el tratamiento si se está utilizando la THS desde hace poco tiempo para el alivio de los síntomas de la menopausia, pero sí consultar y valorar junto con el médico la necesidad de seguir con esta terapia en las revisiones anuales que se realicen.
La AEEM considera que la THS debe ser prescrita en aquellas mujeres con síntomas climatéricos que deterioren su calidad de vida, utilizándose siempre la dosis mínima efectiva y durante el menor tiempo posible.
En este sentido, se estima que en España los síntomas climatéricos suponen un deterioro en la calidad de vida para aproximadamente el 50% de las mujeres menopáusicas. Sin embargo, en nuestro país, la THS se utiliza sólo en un 6% de las mujeres en la menopausia, por lo que aún existen muchas pacientes que se podrían beneficiar de esta terapia.
Por otra parte, esta sociedad científica considera necesario individualizar cualquiera de los tratamientos médicos, hormonales o no, que se utilizan para los síntomas y patologías que se desarrollan como consecuencia de la menopausia, teniendo en cuenta la historia clínica de la paciente, la historia médica familiar y la opinión y consenso de la propia mujer, una vez informada acerca la relación beneficio-riesgo de cada terapia en su caso concreto.
Ésta es la situación que se da en aquellas mujeres sin síntomas climatéricos con osteoporosis diagnosticada, en las que la THS es eficaz como tratamiento de segunda línea para prevenir fracturas óseas.
Webs Relacionadas
Asociación Española para el estudio de la Menopausia
http://www.aeem.es/